UNIVERSIDAD
MAYOR DE SAN ANDRÉS
FACULTAD
DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y FINANCIERAS
CARRERA
DE CONTADURÍA PÚBLICA
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE
CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y AUDITORIA
MONOGRAFÍA
DIPLOMADO
EN AUDITORIA FORENSE
LA LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS
CASO LA REINA DEL NORTE
Por:
Lic. Fanny Chipana Mamani
Tutor: Mg. Sc. Pablo Aranda Manrique
LA PAZ – BOLIVIA
2020
Resumen
El
presente trabajo de investigación sobre la Legitimación de Ganancias Ilícitas
caso la Reina del Norte tiene como propósito fundamental realizar una análisis
de lo indispensable que conlleva al aplicar la Auditoria Forense como medio de
detección o prevención en la Legitimación de Ganancias Ilícitas. Esta
investigación esta orienta a la revisión de compendios, normas y leyes que rige
la Unidad de Investigaciones Financieras incluyendo recomendaciones que nos
señala el Grupo de Acción Financiera Internacional mediante la UIF.
La investigación realizada pretende dar
conocer la existencia de la Auditoria Forense, con el fin de llegar a un
análisis sobre las herramientas y fases que ofrece la Auditoria Forense como
instrumento para la ejecución de un acto criminológico.
La Legitimación de Ganancias Ilícitas es
un proceso que mediante el cual se tiende a dar apariencia de legalidad a
bienes obtenidos de manera ilícita o delictiva, con el objetivo de ocultar o
disimular la naturaleza, el origen, la ubicación la propiedad o el control de
dinero y/o bienes obtenidos ilegalmente donde estos buscan incorporarlos a la
economía real; el perfil del lavador trata de
dar apariencia de legalidad a recursos de origen ilícito donde adquiere,
resguarda, invierte, transforma, custodia y administra bienes o ganancias
ilícitos; su comportamiento es natural asume apariencia de clientes normales.
Es por eso que para dar cumplimiento sobre
la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte de tipo
exploratorio se utilizara información pertinente mediante periódicos, noticias,
videos y además encuestas que se realiza directamente a expertos en el área,
entre ellos están Auditores y Abogados.
1. ESTADO DE SITUACIÓN
Desde una perspectiva la Legitimación de
Ganancias Ilícitas es un delito que consiste en disfrazar el origen, es decir
dar apariencia de legalidad a recursos generados de maneras criminales de tal
manera que las personas u organizaciones involucradas en narcotráfico, trata y
tráfico de personas, corrupción, tráfico y venta ilegal de armas, fraude
fiscal, secuestro, extorción o terrorismo; donde estos buscan el fruto ilegal
en el Sistema Financiero mediante transacciones con la finalidad de ocultar el
origen de esas Ganancias Ilícitas.
A su vez también es conocida generalmente
como lavado de dinero, consiste en toda conducta destinada a dar apariencia de
legalidad a recursos de origen ilícito.
La Legitimación de Ganancias Ilícitas en
Bolivia es considerada como un delito, la Fiscalía Especializada contra el
Crimen Organizado Legitimación de Ganancias Ilícitas y Financiamiento al
Terrorismo realiza seguimiento y coordinación con los Fiscales de materia
Especializada donde busca sancionar a toda persona que transforme o convierta
recursos, bienes o derechos provenientes de delitos de narcotráfico,
corrupción, contrabando, trata y tráfico de personas, extorsiones, secuestros,
asesinatos, entre otros, su sanción de privación de libertad de hasta 10 años.
En las organizaciones criminales
generalmente son personas naturales o representantes de organizaciones
criminales que asumen apariencia de clientes normales, muy educados e
inteligentes, sociables, con apariencia de ser personas de negocios y formados psicológicamente
para vivir bajo grandes presiones como el caso la Reina del Norte más conocida
como Dora Vallejos.
Para el desarrollo de este delito se
cuenta con la normativa del Grupo de Acción Financiera Internacional GAFI que
evalúa mediante la Unidad de Investigaciones Financieras UIF, aplicando
respectivamente procedimientos de Auditoria Forense para la detección de la Legitimación
de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte.
1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La Legitimación de Ganancias Ilícitas es
una actividad criminal con el objeto de disfrazar u ocultar su origen ilícito o
auxiliar a terceros que están involucrados en una comisión de crimen donde
evaden las consecuencias legales de sus acciones. Es también conocida como
lavado de dinero, lavado de capitales, lavado de activos, blanqueo de capitales
o legitimación de capitales.
El planteamiento de este trabajo es
investigar el acto de Legitimación de Ganancias Ilícitas cometidas por la Reina
del Norte más conocida como la señora Dora Vallejos.
1.1.1. Identificación del problema
La economía del crimen organizado es una
de las más productivas, innovadoras y dinámicas en el mundo donde muchas
empresas se han aprovechado del crecimiento del comercio internacional, la
innovación de la tecnología y otros aspectos.
Vivimos en un ambiente donde las personas
con desempleo buscan maneras de poder propugnar mediante el narcotráfico, trata
y tráfico de personas, corrupción, tráfico y venta ilegal de armas, fraude
fiscal, secuestro, extorción o terrorismo.
La Legitimación de Ganancias Ilícitas en
Bolivia es considerada como un delito, donde las personas que transformen o convierta
recursos, bienes o derechos provenientes de delitos; donde la Unidad de
Investigaciones Financieras UIF emite políticas y normas para controlar el
cumplimiento de las mismas, las UIF es una institución especializada en la
lucha contra la legitimación de ganancias ilícitas donde cuenta con decretos, leyes,
reglamentos, manuales e instructivos orientados a establecer las reglas
específicas para la prevención, detección, control y reportes de delitos
perpetrados.
La Unidad de Investigaciones Financieras
UIF en Bolivia, investigo aproximadamente un 53% de 720 casos de Legitimación
de Ganancias Ilícitas, es decir un poco más de la mitad.
La Reina del Norte como bien se especuló
mediante los medios de comunicación en la gestión 2020 por el mes de febrero,
donde se dice que es habitante de Yapacani Santa Cruz Bolivia por la cual es
acusada de Legitimación de Ganancias Ilícitas.
Para el desarrollo de esta investigación
se cuenta con las “recomendaciones de la GAFI”, (Grupo de Acción Financiera
Internacional GAFI, 2018), “la Ley N° oo4 Ley Lucha contra la
corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas”, (Ley 004
Marcelo Quiroga Santa Cruz - Ley Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento
Ilícito Investigación de Fortunas, 2010), “Normativa
Específica en Legitimación de Ganancias Ilícitas”, (Unidad de investigaciones
Financieras UIF, 2010), “Compendio Especifico en la Legitimación de Ganancias
Ilícitas”, (Unidad de Investigaciones Financieras UIF, 2010), “Compendio
Nacional en Legitimación de Ganancias Ilícitas” (Ley de Modificaciones al
Código Penal, 2013).
La Auditoría Forense ofrece herramientas y
fases enfocándonos en la fase dos trabajos de campo donde nos permite analizar la
Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte.
1.1.2. Formulación del Problema
La formulación del problema de
investigación es la etapa donde se estructura la idea de la investigación.
La Auditoria Forense como puede revelar
mediante las fases de Auditoria Forense en la detección de la Legitimación de
Ganancias Ilícitas en el caso la Reina del Norte.
1.2. OBJETIVOS
1.2.1. Objetivo General
Analizar el acto de Legitimación de
Ganancias Ilícitas del caso la Reina del Norte.
1.2.2. Objetivos Específicos
En base al objetivo general, se deducen
los siguientes objetivos específicos:
Investigar Normativas que rigen el Grupo
de Acción Financiera Internacional GAFI mediante la Unidad de Investigaciones
Financiera UIF.
Estudiar el perfil del lavador para la
realización de un acto criminológico.
Proponer procedimientos mediante las fases
de Auditoria Forense para la localización de la Legitimación de Ganancias Ilícitas
en el caso de la Reina del Norte.
1.3. JUSTIFICACIÓN
Esta monografía tiene como finalidad
conocer sobre la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte
mediante la Auditoria Forense donde discurrimos en base a normas, compendios y
leyes donde nos especifican sobre la Legitimación de Ganancias Ilícitas.
Revisar y describir el perfil,
comportamiento, las fases, los delitos precedentes y dar constancia para que la
sociedad pueda identificar este acto de delito y a su vez conocer la
Legitimación de Ganancias Ilícitas caso de la Reina del Norte.
Es importante el estudio y la
aplicabilidad de la Auditoria Forense tanto para prevenir o detectar a las
organizaciones criminales; donde también realizaremos propuestas en base a las
fases de Auditoria Forense.
1.4. ALCANCE
El presente trabajo se desarrollara en el
Modulo Final del Diplomado de Auditoria Forense de la Unidad de Postgrado de la
Carrera Contaduría Pública de la Universidad Mayor de San Andrés de la gestión
2020.
La Legitimación de Ganancias Ilícitas caso
la Reina del Norte donde fue especulado mediante los medios de comunicación
donde se informó que la Reina del Norte es una señora de cual nombre lleva Dora
Vallejos proveniente de la ciudad de Yapacani.
También conocida como Villa Yapacani es
una ciudad y municipio de Bolivia, ubicada en la provincia Ichilo del
departamento de Santa Cruz que se encuentra a 124 km al norte de la ciudad de
Santa Cruz de la Sierra, la capital del departamental cuenta con 26270
habitantes según los datos estadísticos del INE 2012.
Donde la Reina del Norte ha sido
denunciada por el Ministerio de Justicia por la comisión de los delitos de
Legitimación de Ganancias Ilícitas y Enriquecimiento de Ganancias Ilícitas,
porque inexplicablemente posee un patrimonio 150 millones de dólares, 19
vehículos, 50 propiedades en el área rural y unas 11 o 15 en el área
urbana.
2. METODOLOGÍA
2.1. TIPO DE INVESTIGACIÓN
La presente investigación que se realizara
es mediante el método cualitativo y enfocado en el estudio exploratorio.
El método cualitativo aspira recoger
información del caso la Reina del Norte, para luego desprenderse a interpretar,
enfocándonos en los hechos suscitados de este problema.
Los estudios exploratorios se efectuarán
mediante noticias, periódicos revistas, videos del problema de investigación caso
de la Reina del Norte.
2.2. TÉCNICAS DE RECOPILACIÓN
Se ha procedido a la elaboración de un
cuestionario donde consigna de doce preguntas, que fue remitida a expertos en
Auditoria y Derecho.
Las preguntas consignan sobre el
conocimiento de Auditoria Forense y de la Legitimación de Ganancias Ilícitas, y
a su vez también sobre el caso la Reina del Norte.
Una vez que se ha realizado un sondeo de
opiniones respecto a la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del
Norte se procederá a bajar imágenes, videos del YouTube en el cual
encontraremos noticias sobre la Reina de Norte acusada por Legitimación de
Ganancias Ilícitas.
2.3. INSTRUMENTOS Y TÉCNICAS DE
ANÁLISIS
Los instrumentos que se consideran
pertinentes para la investigación son las noticias, periódicos y videos donde
nos permite informarnos de este suceso caso la Reina del Norte que fue
censurada por Legitimación de Ganancias Ilícitas.
La técnica de análisis que se está
utilizando es el cuestionario “es el componente principal de una encuesta, las
preguntas del cuestionario deben derivarse de los objetivos de estudio y por lo
tanto del problema de investigación planteado”, (Briones, 2002, pág. 61); donde
nos proporciona una alternativa muy útil para la entrevista. El cuestionario
preparado es abierta donde nos facilita opiniones experticias.
3. MARCO TEÓRICO
3.1. HISTORIA DE LA AUDITORIA
FORENSE
Mediante el transcurso de la historia se
han realizado distintos tipos de auditoria tanto en el comercio como en las
finanzas de los gobernadores. El significado del auditor es persona que oye y
esto fue apropiado en la época durante la cual los registros de contabilidad
gubernamental eran aprobadas solamente después de la lectura pública en la cual
las cuentas eran leídas en voz muy alta. Desde tiempos medievales y durante la
revolución industrial, se realizaban auditorias para determinar si las personas
en posiciones de responsabilidad oficial en el gobierno y en el comercio
estaban actuando y presentando información de forma muy honesta.
Pues durante la revolución industrial a
medida que el tamaño de las empresas aumentaba sus propietarios empezaron a
utilizar servicios de gerentes contratados, con la separación de propiedad y
gerencia, los ausentes propietarios acudieron a los auditores para detectar
errores operativos y posibles fraudes.
La relación entre los términos contables y
de auditoria con lo forense se hace estrecha cuando se habla de pruebas y
evidencias de tipo penal por lo tanto, se define inicialmente a la Auditoria Forense
como una auditoria especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre los
fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas. También
estudia el efecto de hechos que prueban ser delictivos.
Según Castro para aportar al juzgador
(2003) mediante las pruebas en donde se involucran registros de contabilidad,
pruebas técnicas científicas, de suma importancia en la época actual de pleno
desarrollo científico de la investigación judicial.
Donde podemos considerar que “Esta
disciplina es de carácter penal debido a su génesis de orden procesal y penal,
porque esta considera en el marco de las disciplinas auxiliares y penales su
aplicación científica contribuye para conocer los hechos y llegar a las
penalidades determinadas por los jueces”. (Concepción, 2015, art. 7).
La auditoría forense surge a través de una
unión de factores adversos de origen social y contable que proporcionan actos
de corrupción, fraude y lavado de activos que con el tiempo ha venido
aumentando, afectando la imagen y expectativas de las empresas y a las
sociedades.
Desde el punto de vista más considerable “La
auditoría forense en sus inicios se aplicó a la investigación de fraudes en el
sector público, considerándose un verdadero apoyo a la tradicional auditoria
gubernamental”, (Hernández, 2011, pág. 14).
3.2. DEFINICIÓN DE LA AUDITORIA
FORENSE
La Auditoria Forense es una disciplina
especializada en poseer una experticia cuidadosa respecto a las evidencias que deben ser muy
contundentes; buscar evidencias con relación al delito de los hechos
acumulados, diferentes evidencias donde será sujeto de análisis muy objetivo,
pertinente, competente para que pueda respaldar el informe.
Ejemplo: un cheque de 230 Bs no se puede
descartar no por el monto sino por el hecho; tráfico de facturas por un monto de 150 Bs es una
evidencia, es una falsedad material ideológica uso de instrumento falsificado que
estipula el código penal.
Tener mucho cuidado respecto al fraude
porque es de ámbito penal, la autoridad llamada por ley de oficio actuará y de
esta manera se puede apreciar la gran responsabilidad del Auditoria Forense.
Las técnicas de investigación criminal
respalda la labor del Auditor Forense en estos procesos de investigación
exhaustiva aplicando siempre la base de las normas legales, técnicas y de
ética que rige la Auditoria Forense.
Nos permite un trabajo prolijo con una
estructura reconocida, confiable y de calidad a su vez debemos tener
escepticismo profesional esto se refiere a que no debemos confiar en nadie.
La Auditoria Forense es una técnica que “integra
conocimientos criminológicos, contables, jurídicos, procesales y financieros
para la lucha contra el fraude con el fin de proporcionar información y opinión
ante la justicia”. (Fontan, 2020, pág. 1)
En el campo de acciones de la Auditoria Forense
pueden participar profesionales como contadores, abogados, grafos técnicos,
ingenieros informáticos, personal experto en investigaciones criminológicas,
además cabe recalcar que formando este equipo de trabajo se obtendrá con
facilidad las evidencias para una Auditoria Forense.
A su vez es una rama de la contabilidad
investigativa, que es utilizada en la reconstrucción de hechos financieros,
investigaciones de fraudes, cálculos de daños económicos y rendimientos de
proyecciones financieras. Su propósito es reunir y presentar información
contable, financiera legal, administrativa e impositiva, para que sea aceptado
por una corte, para que se tenga bases sólidas.
La Auditoria exige que la profesión
contable realice nuevas tareas y nuevos retos entre estos el poder identificar
la Legitimación de Ganancias Ilícitas o lavado de activos, que llevaran al
profesional a especializarse en esta labor, por esto la Auditoria Forense se
presenta como una de las mejores opciones para la eficacia del trabajo.
3.3. AUDITORIA FORENSE PREVENTIVA
La Auditoria Forense Preventiva se encarga
de demostrar la capacidad en la Auditoria Interna, Agente de Cumplimiento el
Control Interno mitigando los riesgos de fraudes.
Está orientada a proporcionar
aseguramiento de evaluación o asesoría a las organizaciones respecto a su
capacidad para disuadir, prevenir evitar, detectar y reaccionar ante fraudes
financieros, puede incluir trabajos de consultoría para implementar: programas
y controles antifraude, esquemas de alerta temprana de irregularidades y
sistemas de administración de denuncias. Este enfoque es proactivo por cuanto
implica tomar decisiones y acciones en el presente, para evitar fraudes en el
futuro.
3.4. AUDITORIA FORENSE DETECTIVA
La Auditoria Forense Detectiva está orientada
a identificar la existencia de fraudes financieros mediante la investigación
profunda de los mismos, establece, entre otros aspectos, como ser: cuantía del
fraude, efectos directos e indirectos, posible tipificación según normativa
penal, presuntos autores, cómplices y encubridores, en muchas ocasiones los
resultados de un trabajo de Auditoria Forense Detectiva son puestos a
consideración de la justicia que se encargará de analizar, juzgar y dictar la
sentencia respectiva. Este enfoque es reactivo por cuanto implica tomar
acciones y decisiones de los presuntos fraudes sucedidos en el pasado.
3.5. OBJETIVOS DE AUDITORIA FORENSE
Respecto
a los objetivos de Auditoria Forense está en asegurar la efectividad de los
instrumentos de procesos exploratorios en actividades delictivas; así también
se debe investigar el manejo de la
aplicación de recursos y las causas de los actos ilegales donde debe estar
documentado cada proceso, finalizando en entregar y proporcionar
competentemente para dar seguimiento a los hallazgos obtenidos de las
decisiones judiciales.
3.6. CARACTERÍSTICAS DE LA
AUDITORIA FORENSE
3.6.1. Propósito
Prevención
y detección del fraude financiero.
Debe
señalarse que es competencia exclusiva de la justicia establecer si existe
fraude o delito, el Auditor Forense llega a establecer indicios de
responsabilidades penales que junto con la evidencia obtenida pone a
consideración del juez correspondiente para que dicte sentencia.
3.6.2. Alcance
El
periodo que cubre el fraude financiero sujeto a investigación.
Donde
la orientación retrospectiva respecto del fraude financiero auditado y prospectivamente
a fin de recomendar la implementación de los controles preventivos, detectivos
y correctivos necesarios para evitar a futuro fraudes financieros. Cabe señalar
que todo sistema de control interno proporciona seguridad razonable pero no
absoluta de evitar errores y/o irregularidades.
3.6.3. Normatividad
Las
normas de Auditoria Financiera e interna en lo que fuere aplicable, normas de
investigación, legislación penal son disposiciones normativas relacionadas con
fraudes financieros.
3.6.4. Enfoque del auditor
El
enfoque fundamental está en combatir la corrupción financiera, pública y
privada.
3.6.5. Auditor a cargo
Es
el profesional con formación de Auditor Forense, Contador Público autorizado
del Colegio de Contadores Públicos.
3.6.6. Equipo de apoyo
Es
el multidisciplinario de abogados, ingenieros en sistemas de auditores
informáticos, investigadores públicos o privados, agentes de oficinas del
gobierno, miembros de inteligencia o contrainteligencia de entidades como
policía o ejército, especialistas.
3.7. EL AUDITOR FORENSE
El
Auditor Forense analiza, interpreta, recopila y presenta complejas finanzas y
los flujos de manera que sean entendibles, correctamente sustentados con el fin
de asistir a la justicia en los aspectos contables. El Contador también interactúa
en la capacidad del Auditor Forense con su experiencia cumple está función de
localizar y aportar estas pruebas documentales a los distintos procesos
judiciales ya sean éstos de carácter civil, penal, de familia, comercial,
fiscal, laboral, es decir, todas las ramas del derecho.
3.7.1. Perfil del Auditor Forense
El
perfil del Auditor Forense debe tener como mínimo una experiencia de 3 años en el ámbito de la
Contaduría o en Auditoria ya sea externa o interna y desde luego llevar una
especialización en Auditoria Forense, es fundamental que este familiarizado con
la legislación contable y financiera.
Entre
los principales compromisos que debe asumir
un Auditor Forense debe ser:
Habilidades
de comunicación.
Donde
debe comunicarse claramente tanto de manera verbal como escrita, interactuar de
manera eficiente con los clientes. Se debe presentar los resultantes de la
investigación forense utilizando terminología legal. Los informes contables
deben ser detallados y a su vez de poder explicar los resultados que se obtuvo
de las evidencias utilizando un lenguaje apropiado y técnico. Además debe tener
la capacidad de trabajar en equipo con el fin de obtener resultados óptimos de
la investigación.
Ser
minucioso.
En
la cual debe realizar un análisis de la información financiera de una manera
minuciosa, detallada para una buena comprensión.
3.7.2. Responsabilidades y riesgos
Antes
de aceptar un compromiso de Auditoria Forense, el Auditor debe:
Estar
libre de cualquier conflicto de intereses que podrían dañar su juicio y
objetividad. Tener un claro entendimiento del objetivo, del compromiso y si las
condiciones del mismo son aceptables. Fijarse por escrito, el acuerdo de
compromiso entre el Auditor Forense y el cliente, debe ser redactado cuidadosamente,
porque puede utilizarse en la corte y podría ser usado en su contra
exponiéndolo de esta manera a una posición de riesgo que podría minimizar su
credibilidad.
Las
técnicas forenses NO reemplazarán a las normas, reglas o prácticas relacionadas
a su especialización, por lo tanto nunca debe dejar de aplicar los
conocimientos relacionados a su especialidad tales como contabilidad, finanzas,
aseguramiento y control y apoyar su análisis en la legislación pertinente.
Realizar
la planificación de su auditoria a los cambios en los compromisos asumidos, así
como a los nuevos hechos que surjan. Estos cambios en la naturaleza y dirección
del trabajo deben ser comunicados inmediatamente a las personas que participan
en el trabajo.
Emitir
su conclusión, donde debe apoyarse en evidencias apropiadas y suficientes como
son las notas de las entrevistas, declaraciones dadas por escrito, pistas,
análisis y documentos de apoyo que sean admisibles por Ley.
3.8. UNIDAD DE INVESTIGACIONES
FINANCIERAS EN BOLIVIA UIF
La
Unidad de Inteligencia Financiera es un organismo centralizado que se encarga
de reunir los informes sobre operaciones sospechosas que proporcionan las
instituciones financieras, donde se debe analizar y difundir los resultados
entre los organismos policiales internos y las UIF de otros países con el fin
de combatir la Legitimación de Ganancias Ilícitas.
La
lucha contra los delitos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo es
crucial para la integridad de los sistemas financieros, pero para que tenga
éxito es necesario que los métodos tradicionales de aplicación de la ley
cuenten con el respaldo del sistema financiero, en especial los principios de
diligencia debida identificación de clientes y de notificación de transacciones
sospechosas a una UIF.
Las
Unidades de Inteligencia Financiera se enfrentan en la actualidad a una serie
de dificultades especiales. El ámbito de sus responsabilidades se está
ampliando a fin de que comprenda el financiamiento del terrorismo, además del
lavado de dinero y los correspondientes delitos determinantes. La gama de
organismos notificadores también se está expandiendo a fin de abarcar las
profesiones no financieras, como los casinos, abogados, inmobiliarias, entre
otros.
3.8.1. Objetivos de la Unidad de
Investigaciones Financieras en Bolivia UIF
El
objetivo fundamental de la Unidad de Investigaciones Financieras en Bolivia es
mitigar las operaciones de legitimación de ganancias ilícitas, de
financiamiento al terrorismo y de los delitos precedentes mediante el desarrollo
e instrumentos que permitan procesar y prevenir operaciones delictivas donde
existe leyes, normas para poder desarrollar y fortalecer mecanismos que
permiten procesar y prevenir las operaciones criminales.
Así
mismo debe fortalecer y consolidar la capacidad institucional de la UIF para
optimizar sus procesos administrativos, financieros, legales y de planificación
para un desarrollo integral de la institución mediante el marco legal.
La
Unidad de Investigaciones Financieras “promueve acciones conjuntas de control
interno, preventivo y lucha contra la corrupción que permite mejorar la
transparencia en la gestión pública”. (Unidad de Investigaciones Financieras
UIF, 2014, pág. 1)
3.8.2. La UIF mediante la Ley 004
Marcelo Quiroga Santa Cruz, Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito
e Investigación de Fortunas
Ley
de Lucha Contra la Corrupción, enriquecimiento ilícito e investigación de
fortunas Marcelo Quiroga Santa Cruz tiene como finalidad de prevenir, acabar
con la impunidad de hechos de corrupción, delitos precedentes. Como objeto
establecer mecanismos y procedimientos en el marco de la Constitución Política
del Estado, de leyes y normas, destinados a prevenir, investigar, procesar y
sancionar actos de corrupción criminológicos.
La
corrupción es la aceptación del ofrecimiento u otorgamiento directo o indirecto,
de cualquier objeto de valor pecuniario como dadivas, favores, promesas o
ventajas para sí mismo o para otras personas o entidad.
La Ley
Marcelo Quiroga Santa Cruz nos menciona que “la persona natural que
mediante actividad privada hubiere incrementado desproporcionadamente su
patrimonio respecto de sus ingresos legítimos afectando el patrimonio del
Estado, no logrando desvirtuar tal situación, será sancionada con la privación
de libertad de tres a ocho años, multa de cien a trescientos días y el decomiso
de los bienes obtenidos ilegalmente.”. (Ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz,
2010, art. 28)
Investigación de fortuna
El
estado tiene derecho a investigar, recuperar y sancionar las fortunas que se
hubieran acumulado con violación de disposiciones del código penal. Indica
también que se hará resarcir moral y materialmente los daños infringidos a
terceros.
Para
desarrollar el trabajo se crea un equipo de trabajo llamado concejo nacional de
la lucha contra la corrupción, enriquecimiento ilícito y Legitimación de Ganancias
Ilícitas integrado por:
Por
el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, Ministerio
de Gobierno, Ministerio Público, Contraloría General del Estado, Unidad de
Investigaciones Financieras, Procuraduría General del Estado y Representación
de la Sociedad Civil Organizada.
El
Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción “guardara
reserva de la identidad de las personas particulares y servidoras o servidores
públicos que denuncien hechos y/o delitos de corrupción y guarda la reserva de
la documentación presentada”. (Ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz, 2010, art.
17)
Atribuciones del Concejo Nacional
de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de
Ganancias Ilícitas
Las
atribuciones del Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción,
Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas son las
siguientes:
Proponer,
supervisar y fiscalizar las políticas públicas, orientadas a prevenir y
sancionar actos de corrupción, para proteger y recuperar el patrimonio del
Estado.
Aprobar
el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción, elaborado por el Ministerio
responsable del área.
Relacionarse
con los gobiernos autónomos en lo relativo a sus atribuciones, conforme a la
normativa establecida por las Leyes y Normas.
Creación de Nuevos Tipos Penales
La
creación de nuevos tipos penales está en el uso indebido de bienes y servicios
públicos, donde indica que las personas beneficiadas por acto de corrupción
deben ser señaladas ante las autoridades.
Enriquecimiento Ilícito.
El
enriquecimiento ilícito consiste en el incremento de patrimonio de un
funcionario público o de una persona natural donde este individuo excede sus
ingresos legítimos que durante el ejercicio de sus funciones no alcanza para
llegar a dicho patrimonio, este delito corrompe las legislaciones y se enmarca
en un acto criminológico.
Ilícito de Particulares con
Afectación al Estado.
Las
personas que mediante su actividad incrementan desproporcionadamente su
patrimonio respecto de sus ingresos legítimos afectando el patrimonio del
Estado, no logrando desvirtuar tal situación, donde se le sancionara con la
privación de libertad de tres a ocho años y a su vez se le realiza el decomiso
de los bienes obtenidos ilegalmente.
Favorecimiento al Enriquecimiento
Ilícito.
Se
refiere que cuando un individuo participa en actividades económicas,
financieras y comerciales tratando de ocultar, disimular el incremento
patrimonial, donde será condenado con privación de libertad y así mismo se
realizara la inhabilitación para el ejercicio de la función que realiza.
Obstrucción de la Justicia.
Es
el que utilice fuerza física, amenazas, intimidación, promesas, ofrecimiento o
la concesión de un beneficio indebido para inducir a una persona a prestar
falso testimonio u obstaculizar la prestación de testimonio o la aportación de
pruebas en procesos por delitos de corrupción, será sancionado con privación de
libertad de tres a ocho años y con una multa de treinta a quinientos días.
Falsedad en la Declaración Jurada
de Bienes y Rentas.
La
persona que falsea u omite insertar los datos económicos, financieros o
patrimoniales, en la declaración jurada de bienes y rentas que deba contener,
incurrirá en privación de libertad de uno a cuatro años y con multa de
cincuenta a doscientos días.
Cuando
se declare la rebeldía de un imputado dentro del proceso penal por los delitos
establecidos en los Artículos 24, 25 “la Ley de Lucha Contra la Corrupción,
Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas, el proceso no se
suspenderá con respecto del rebelde. El Estado designará un defensor de oficio
y el imputado será juzgado en rebeldía, juntamente con los demás imputados
presentes.” (Ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz, 2010, art. 91 bis).
3.8.3. Compendio Nacional en
Legitimación de Ganancias Ilícitas, Ley N° 1768 Ley de Modificaciones al Código
Penal
En
este sentido, el presente compendio constituye una recopilación de
disposiciones normativas nacionales e internacionales, tales como, convenciones
y estándares internacionales, Leyes, Decretos Supremos y Resoluciones
Administrativas de la UIF, relativos a la prevención, investigación y represión
del delito de Legitimación de Ganancias Ilícitas en el Estado Plurinacional de
Bolivia. Fue elaborada por la Unidad de Investigaciones Financieras y es
producto de un esfuerzo más para promover el conocimiento de la normativa
concerniente a la Legitimación de Ganancias Ilícitas, con la finalidad de
facilitar y coadyuvar con el trabajo de personas naturales o jurídicas a las
diferentes fuentes legales que la regulan.
Organización
criminal.
La
organización criminal es un acto delictivo realizado por individuos donde
también podemos decir que “El genocidio, destrucción o deterioro de bienes del
Estado y la riqueza nacional, privación de libertad, vejaciones y torturas,
secuestro, Legitimación de Ganancias ilícitas, o se aproveche de estructuras
comerciales o de negocios, para cometer tales delitos, será sancionado con
reclusión de uno a tres años”. (Ley N° 1768, 2013, art. 132 bis).
Legitimación
de Ganancias Ilícitas.
La
Legitimación de Ganancias Ilícitas es aquella persona que convierte o
transfiere bienes, recursos o derechos, que procedan de delitos vinculados al
tráfico ilícito de sustancias controladas, de delitos cometidos por
funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones o de delitos cometidos
por organizaciones criminales, con la finalidad de ocultar o encubrir su
naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o propiedad verdadera, que será
sancionado con presidio de uno a seis años y con multa de cien a quinientos
días.
Régimen
administrativo de la Legitimación de Ganancias Ilícitas.
La
Unidad de Investigaciones Financieras, es la que formará parte de la estructura
orgánica de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras. El Poder
Ejecutivo, mediante Decreto Supremo, establecerá su organización, atribuciones,
la creación de unidades desconcentradas en el sistema de regulación financiera,
el procedimiento, la forma de transmisión y el contenido de las declaraciones
que se le envíen, el régimen de infracciones administrativas y los
procedimientos para la imposición de sanciones administrativas.
Las
entidades financieras y sus directores, gerentes, administradores o
funcionarios que contravengan las obligaciones establecidas en el Decreto
Supremo reglamentario, se harán pasibles a la imposición de las sanciones
administrativas establecidas en las normas legales que regulan el sistema
financiero así mismo estarán exentos de responsabilidad administrativa, civil y
penal, siempre que la denuncia cumpla las normas establecidas en el decreto
reglamentario.
La
máxima autoridad ejecutiva de la Unidad de Investigaciones Financieras,
sustanciará la determinación de la responsabilidad administrativa y el
Superintendente aplicará las sanciones consiguientes, sujetándose al régimen
legalmente establecido. Para determinar la sanción que corresponda, se tomará
en cuenta la gravedad del incumplimiento y el grado de participación y de
culpabilidad de los sujetos responsables. En estos casos, el régimen de
impugnaciones y recursos de sus resoluciones, se sujetará a lo establecido por
ley.
Las entidades financieras y sus órganos “no podrán
invocar el secreto bancario cuando los agentes de la Unidad de Investigaciones
Financieras requieran información para el adecuado cumplimiento de sus
funciones”. (Ley 1768, 2013, art. 185).
3.8.4. Normativa Específica en
Legitimación de Ganancias Ilícitas
El Comité
de Cumplimiento y Riesgo de Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento
del Terrorismo y/o Delitos Precedentes en instancia que propone, analiza,
evalúa e implementa políticas integrales y procedimientos encaminados a
prevenir la LGI/FT y/o DP. Asimismo, supervisa el cumplimiento de toda la
normativa relacionada con la LGI/FT y/o DP.
Etapas de Legitimación de Ganancias
Ilícitas
El
Sujeto Obligado al realizar el análisis de las operaciones deberá considerar
los conceptos definidos en cuanto a las etapas de Legitimación de Ganancias
Ilícitas que se presentan a continuación:
Colocación
La
primera etapa del proceso de Legitimación de Ganancias Ilícitas es la
colocación del dinero en el sistema financiero para ocultar su origen y/o
naturaleza. La colocación se efectúa a través de los depósitos o compra de
instrumentos financieros negociables, por inversiones en empresas con alto
movimiento de efectivo o por compra de bienes. Para limitar el riesgo de la identificación
de la procedencia del dinero, los legitimadores de ganancias ilícitas usan
técnicas como el fraccionamiento, depósitos entidades financieras ubicadas en
paraísos fiscales o en empresas de alto movimiento en efectivo. Por estos
motivos, los Sujetos Obligados juegan un importante papel en la detección de
operaciones inusuales y sospechosas.
Transformación
La
segunda etapa de Legitimación de Ganancias Ilícitas consta en hacer difícil el
seguimiento contable de las operaciones hacia el origen de los fondos, por la
multiplicación sucesiva de registros de las operaciones. La utilización del
sistema financiero en esta etapa tiene un papel preferencial para los
legitimadores de ganancias ilícitas que utilizan los servicios bancarios más
comunes como la compra de cheques, el cambio de divisa, obligaciones de
crédito, la compra y venta de bienes, de metales preciosos y las transferencias
electrónicas o giros. Es también por esto que la detección, prevención y
reporte por parte de los Sujetos Obligados es primordial en esta etapa. De
acuerdo con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional
GAFI, los nuevos instrumentos financieros como ser la banca electrónica y el
dinero plástico juegan un papel muy importante en esta etapa.
Integración.
En
esta etapa las ganancias ilícitas reingresan al sistema financiero por medio de
técnicas como la inversión en inmuebles, préstamos bancarios garantizados,
utilización de falsos inversionistas palos blancos y otros negocios a través de
sociedades pantalla. En caso que el Sujeto Obligado haya tomado conocimiento de
una operación inusual, y la misma haya sido analizada, efectuando los
procedimientos necesarios establecidos en el presente Manual así como en los
correspondientes Instructivos Específicos y determine que la operación adquiere
el carácter de Sospechosa deberá reportar a la UIF utilizando el Formulario
ROS. Una vez recibido y analizado el Reporte de Operación Sospechosa, la UIF
determinará los pasos a seguir. “Si se detecta indicios de Legitimación de
Ganancias Ilícitas, la UIF procederá a pedir información necesaria adicional al
Sujeto Obligado u otras vinculadas para continuar con la investigación, Art.
26”. (Unidad de investigaciones Financieras UIF, 2010)
3.8.5. Nueva etapa de la UIF
La Unidad
de Investigaciones Financieras se “encarga de normar el régimen de lucha contra
el lavado de dinero y financiamiento y las autoridades de supervisión;
investigar los casos en los que se presuma la comisión de delitos de
legitimación de ganancias ilícitas para prevenir y detectar los delitos”. (Ley
393, 2013, art. 495).
La
transformación de la UIF no condiciona su funcionamiento al cumplimiento de
requisito alguno y mantiene subsistente e invariable sus atribuciones y
funciones, el ejercicio ininterrumpido de las mismas, como así también la
vigencia inalterable de sus obligaciones y derechos.
3.8.6. El Grupo de Acción
Financiera Internacional GAFI
El
GAFI es un ente intergubernamental establecido en 1989 cuyo objetivo es fijar
estándares y promover la implementación efectiva de medidas legales,
regulatorias y operativas para combatir el lavado de activos, el financiamiento
del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción
masiva, y otras amenazas a la integridad del sistema financiero internacional.
Las
Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional “constituyen un
esquema internacional de medidas completo y consistente que los países deberían
implementar adaptadas a sus circunstancias particulares para combatir estos
delitos”, (Grupo de GAFI, 2018, pág. 3).
De
acuerdo con el informe del GAFI, el
cual ayuda a las autoridades a comprender cómo operan los lavadores
profesionales para que puedan atacar, enjuiciar y desmantelar con éxito a
quienes ayudan al crimen organizado, estos profesionales del blanqueo a
menudo trabajan para más de un delincuente u organización criminal.
Bolivia frente a las cuarenta
recomendaciones del GAFI mediante la UIF
La
GAFI mediante las cuarenta recomendaciones las que más resaltan para este tema
de investigación sobre la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del
Norte están:
R.1.
y R2. Delito de lavado de activos
Mediante
la recomendación uno y dos de Delitos de lavado de activos nos indican que “los
países deben tipificar el lavado de activos en base a la Convención de Viena y
la Convención de Palermo. Los países deben aplicar el delito de lavado de
activos a todos los delitos graves, con la finalidad de incluir la mayor gama
posible de delitos determinantes”. (GAFI, 2018, pág. 15)
R3.
Decomiso y medidas provisionales
La
recomendación tres nos habla del decomiso
y de las medidas provisionales donde se cree que “La adopción de medidas
que permitan que tales productos o instrumentos sean decomisados sin que se requiera
de una condena penal, o que exijan que el imputado demuestre el origen lícito
en la medida en que este requisito sea compatible con los principios de sus
legislaciones nacionales”. (GAFI, 2018, pág. 15)
4. MARCO CONCEPTUAL
4.1. Legitimación de Ganancias Ilícitas
La
legitimación de capitales o Legitimación de Ganancias Ilícitas es un fenómeno
criminal de dimensiones internacionales, cristaliza el esfuerzo de la
delincuencia organizada por darle apariencia legal a un dinero obtenido por
actividades ilícitas. Con el propósito de conocer este fenómeno, la presente
investigación tuvo como objetivo estudiar la Legitimación de Ganancias Ilícitas
y sus implicaciones económicas.
Figura 1. Aspectos característicos de la Legitimación de Ganancias Ilícitas
o Legitimación de Capitales.
Fuente:
Valderrama, 2014
La
Legitimación de Ganancias Ilícitas es un proceso mediante el cual se tiende a
dar apariencia de legalidad a bienes obtenidos de manera ilícita o delictiva.
Su objetivo es ocultar o disimular la naturaleza, el origen, la ubicación, la
propiedad o el control de dinero y/o bienes obtenidos ilegalmente y, para ello,
se busca incorporar a la economía real.
4.2. El perfil del lavador
Generalmente son personas naturales o representantes
de organizaciones criminales que asumen apariencia de clientes normales, muy
educados e inteligentes, sociables, con apariencia de ser hombres de negocios y
formados psicológicamente para vivir bajo presiones.
Los lavadores de dinero profesionales usan una variedad
de herramientas y técnicas, como el lavado de dinero a través del comercio,
mecanismos de administración de cuentas, banca clandestina y plataformas
bancarias alternativas. “Los lavadores de dinero profesionales no
indica la legitimidad a sus actividades, oculta el trabajo con personas
corruptas que se especializan en la prestación de servicios legítimos”, (Rebolledo, 2009, ed. Cid 2007).
4.3. Ejecución de Legitimación de
Ganancias Ilícitas
Se
realiza la ejecución de Legitimación de Ganancias Ilícitas cuando se comete
delito doloso ya sea en forma directa o indirecta:
Tenga,
adquiere, transfiera, posea, administre, utilice, mantenga, resguarde,
entregue, transporte, convierta o se beneficie de cualquier manera, de activos
de origen ilícito, oculte, disimule o impida, la determinación real de la
naturaleza, origen, procedencia o vinculación de activos de origen ilícito.
Cuando
se presente su nombre o el de la sociedad o empresa, de la que sea socio o
accionista, para la comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas
donde:
Organice,
gestione, asesore, participe o financie la comisión de delitos de Legitimación
de Ganancias Ilícitas, realice, por sí mismo o por medio de terceros,
operaciones y transacciones financieras o económicas, con el objetivo de dar
apariencia de licitud o actividades de lavado de activos; e ingreso y egreso de
dinero de procedencia ilícita por los distritos aduaneros del país.
4.4. Fases de la Legitimación de
Ganancias Ilícitas
Las
fases de la Legitimación de Ganancias Ilícitas se discurren en tres puntos los
cuales son:
4.4.1. Colocación
Es
insertar el dinero o lo bienes producto de las actividades ilegales en el
sistema económico formal.
Los
delincuentes reciben grandes cantidades de efectivo de los cuales deben
desprenderse rápidamente para evitar la acción de las autoridades. Incorporar
los dineros de alguna forma al sistema financiero o económico.
4.4.2. Estratificación
Separar
las Ganancias Ilícitas de sus fuentes mediante transacciones financieras u operaciones
comerciales diseñadas para enmascarar el origen de los fondos y proveer
anonimidad.
La
estratificación o diversificación consiste en la inmersión de los fondos dinero
físico o bienes, en la economía legal o en una institución financiera, seguida
de sucesivas operaciones ya sean nacionales o internacionales para ocultar,
invertir, transformar, asegurar, o dar custodia bienes provenientes del delito
o para mezclarlos con dinero de origen legal, con el fin de disimular su
origen.
4.4.3. Integración
Volver
a colorar el dinero de origen ilícito en la economía en una forma tal que
parezcan actividades comerciales legitima.
La
integración o reingreso es la finalización del proceso, ese dinero líquido o
esos bienes colocados entre agentes económicos se recicla y convierte en otros
bienes muebles e inmuebles o en negocios fachada que permiten al lavador
disfrutar su riqueza mal habida. Así mismo, parte de la ganancia es reinvertida
en nuevos delitos, o en asegurar la impunidad de los mismos, para lo cual se
compran conciencias o lealtades.
Figura
2. Fases para la Legitimación de Ganancias Ilícitas
Fuente:
UNODC, 2018
4.5. Señales de alerta en la
Legitimación de Ganancias Ilícitas
Son
las que nos permiten identificar, la presencia de operaciones financieras que
una persona o personas jurídicas están realizando por fuera de su perfil y de
la actividad económica que ha declarado al momento de su vinculación a la
institución financiera.
Las
señales de alerta cuentan de las diversas operaciones o conductas inusuales
relacionadas variedad de actores o herramientas del sistema empresarial cuando:
Los
clientes de las empresas, los trabajadores de las empresas, el sistema
financiero, las transferencias electrónicas, las inversiones, los almacenes
generales de depósito, el sistema de seguros, las empresas de transporte,
custodia y administración de numerario, las empresas de transferencia de fondos
y el sistema privado de pensiones.
Cuando
el cliente se niega a proporcionar la información solicitada o la información
proporcionada es inconsistente o de difícil verificación por parte de las
empresas; el cliente indica una dirección que también es la de un negocio
diferente al declarado por el cliente y/o no parece corresponder con la
ocupación declarada por él; por ejemplo, estudiante, desempleado, trabajador
independiente, entre otros, el cliente solicita ser excluido del registro de
operaciones sin causa aparente o justificada.
También
se menciona como situaciones a considerar para su investigación:
Cuando
el estilo de vida del trabajador no corresponde a sus ingresos o existe un
cambio notable e inesperado en su situación económica; si el cliente compra en
efectivo cheques de viajero, giros u órdenes de pago por encima de los montos
requeridos para el registro de operaciones; cuando el cliente realiza un
depósito en efectivo con inmediata compra de cheques de viaje, órdenes de pago
u otros instrumentos para el pago a terceros; al observar transferencias
electrónicas por montos significativos en representación de un cliente
extranjero con poca o ninguna razón explícita; la compra de instrumentos
financieros para ser guardados en custodia por la empresa supervisada que no
corresponde con el giro de negocio o actividad del cliente; si hay bienes dejados
en depósito que no corresponden al giro del negocio, comercial o productivo,
del cliente o también bienes dejados en depósito que totalizan sumas
importantes que no corresponden al perfil del cliente.
5. MARCO PRÁCTICO
5.1. ANTECEDENTES DE LA PRESENTE
INVESTIGACIÓN
La
Reina del Norte cuyo nombre Dora Vallejos de 37 años de la cuidad de Yapacani,
Santa Cruz–Bolivia indica la ciudad que tiene muchas propiedades en la ciudad
entre bienes, inmuebles y vehículos y que posee además un monto millonario, “Vallejos
estudio en la Universidad Gabriel Rene Moreno y trabajo en una empresa llamada
Agro-campo, en febrero de 2014 se volvió militante del MAS según revelo el
Ministerio de Justicia” (Periódico Página 7, 2020, párrafo 2).
La
señora “Dora Vallejos, conocida como la Reina del Norte, no es la operadora
principal de actividades ilícitas del narcotráfico; es una joven que pasó de
vender arroz con pollo en 2015 a tener 150 millones de dólares en 2020.”
(Aguilar, 2020, párrafo 3).
Mediante
esta secuencia de noticias se dice que la Reina del Norte se encuentra en pleno
proceso de investigación y que esta persona sólo se constituye en la punta del
ovillo, toda vez que las indagaciones determinan que estos ilícitos están
involucradas a muchas personas.
Vallejos
pesaba una orden de captura de la Fiscalía General del Estado por supuestas
Ganancias Ilícitas. El viceministerio de Transparencia la acusa de
enriquecimiento ilícito por una cifra valorada en 150 millones de dólares.
Asimismo
se revela que cuenta con la existencia de 19 vehículos de distintas marcas, 57
propiedades urbanas y agrícolas en el departamento de Santa Cruz registradas a
su nombre sin que existan antecedentes que las justifiquen.
Se
entregó de manera voluntaria a la Policía de Bolivia, según confirmó el
viceministro de Defensa Social. Durante su presentación pública, la señora Vallejos
aseguró que es inocente de todas las acusaciones en su contra.
La
Fiscalía informa “que la detenida se acogió al derecho del silencio durante el
proceso de declaratoria, pero deberá responder por el cuantioso patrimonio que
posee.” (Carrasco, 2020, párrafo 5).
Las
autoridades también investigan los presuntos vínculos con el narcotráfico que podría
tener Vallejos. Su esposo Bismarck Padilla, cumple sentencia por delitos de
narcotráfico. Asimismo, se la relaciona con uno de los dos pilotos detenidos
recientemente en México con una tonelada de droga a bordo de un avión privado.
5.2. PRESENTACIÓN E INTERPRETACIÓN
DE DATOS
La reciente
investigación de la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte
para la presentación e interpretación de datos se tiene dos aspectos
fundamentales para la ejecución de una Auditoria Forense:
Técnicas
de investigación de Auditoria Forense
El
conocimiento y experiencia de los Auditores Forenses, a través de la aplicación
de diversas técnicas de Auditoria, permiten desarrollar diferentes destrezas
para definir indicadores de fraude.
Entre
ellas para efectivizar la investigación Forense de la persona o personas fiscas
o jurídicas en cuestión, será necesaria la búsqueda permanente de la
información. En aquellos casos donde sea necesaria la intervención de la
Justicia y bajo la orden del Juez competente de la causa, se podrá recurrir a: Solicitar
el levantamiento del Secretario Fiscal, Solicitar el levantamiento del
Secretico de banco, Solicitar información al Información al Sistema de
Identificación Nacional.
Tributario
y Social
Asimismo
se podrá recurrir a toda clase de técnicas y fuentes necesarias para la
búsqueda de información, entre ellas:
Técnicas
de verificación ocular: observación, revisión selectiva, comparación y rastreo.
Técnicas
de verificación verbal: indagación.
Técnicas
de verificación documental: comprobación y documentación.
Técnicas
de verificación física: Inspección.
Técnicas
de verificación informática: cabe destacar el importante papel de la
Informática Forense en este campo de la investigación.
Como
se mencionó anteriormente, el torrencial incremento tecnológico e informático
de la actualidad, también ha originado un considerable incremento de los
delitos y fraudes informáticos. Diversos países han comenzado a incluir este
concepto en sus legislaciones, reglamento la admisibilidad de la información
digital como evidencia en la investigación de un posible delito.
En
este sentido, para lograr constituir como admisible la evidencia digital ante
la justicia, el proceso de manipulación deberá apoyarse en técnicas forenses
rigurosas que garanticen confidencialidad, confiabilidad e integridad absoluta
de los datos obtenidos.
La
informática forense ofrece la posibilidad de identificar, recuperar, preservar,
reconstruir, validar, analizar, interpretar y presentar la evidencia digital
como parte de una investigación.
Mutuamente
la Auditoria Forense se constituye como una verdadera herramienta para combatir
y prevenir diversos actos de fraude. Como consecuencia de ello es
imprescindible realizar acciones efectivas para normar, reglamentar e
instrumentar, acciones concretas para disuadir y combatir el fraude.
5.2.2. Fases de la Auditoria Forense
Es importante señalar que la Auditoria Forense
en su planeación y ejecución debe ser concebida con la flexibilidad pues cada
caso de fraude es único y se requerirá procedimientos diseñados exclusivamente
para cada investigación.
Cuadro
N° 1. Fases de la Auditoria Forense
Fuente: Rojas, 2012
Fase 1 –
Planificación
En esta fase de Auditoria Forense se debe:
A obtener un conocimiento general del caso de
investigación, analizar todos los indicadores de fraudes existentes y evaluar
el control interno.
Caso La
Reina del Norte. La señora Dora Vallejos de 37 años, originaria de
Yapacani, es conocida por los pobladores de ese municipio cruceño como la reina
del norte. Tiene un patrimonio que alcanza los 150 millones de dólares en al
menos 47 propiedades agrícolas y ganaderas de gran tamaño, siete terrenos y
tres mansiones. A partir de 2013, sospechosamente aumentó sus ingresos de
golpe. El ministro de Justicia, informa que la hectárea en esta región tiene un
costo de al menos 15.000 dólares.
Según información de la Autoridad de Supervisión
del Sistema de Financiero ASFI, la Reina del Norte justificó su patrimonio con
la actividad ganadera. Sin embargo, para el viceministro de Justicia,
esta declaración es falsa, puesto que con un oficio así no puede generar
tanto dinero en ese periodo de tiempo.
A esto se suma el hecho de que, según la
investigación del Gobierno, es la persona con más propiedades del norte de
Santa Cruz, de ahí el apodo de la Reina del Norte; por la cual es acusada por
la Legitimación de Ganancias Ilícitas y Enriquecimiento Ilícito.
Los
indicadores para la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la
Reina del Norte cataloga la desviación de fondos para su propio beneficio, como
se puede apreciar con anterioridad.
El
control interno para la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la
Reina del Norte será la Unidad de Investigaciones Financieras UIF, donde es la
institución especializada en la Lucha contra la Legitimación de Ganancias
Ilícitas cuya función es emitir políticas y normas para prevenir la
Legitimación de Ganancias Ilícitas y así controlar el cumplimiento de las
mismas.
Fase 2 – Trabajo de Campo
En
esta fase nos enfocamos en los procedimientos de Auditoria Forense y análisis
de este caso de la Reina del Norte sobre la Legitimación de Ganancias Ilícitas
mediante periódicos, noticias, entrevistas y videos; donde se evidenciara estos
puntos más adelanta juntamente con el cuestionario elaborado.
Fase
3 – Comunicación de resultados
Presentación del informe técnico, se deberán
presentar resultados parciales del trabajo de equipo y en la oportunidad de
presentar el informe técnico. En esta última fase se tiene por finalidad
asegurarse de que los resultados de la investigación forense sean considerados
según fuere pertinente y evitar que queden en el olvido, otorgando a los
perpetradores del fraude la impunidad.
Fase
4 – Monitoreo del caso
Se trata de acciones de monitoreo
permanente, evaluaciones asistemáticas y registro de antecedentes respecto a la
investigación de la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte
según información obtenida la Reina del Norte no cuenta con antecedentes que la
justifiquen.
5.3. PESQUISA
QUE NOS BRINDA LOS PERIÓDICOS, NOTICIAS Y VIDEOS
La Legitimación de Ganancias Ilícitas caso
la Reina del Norte nos permite encontrar información en periódicos, noticias y
videos.
Periódicos
Opinión / Cochabamba
La presunta acusada por la Legitimación de
Ganancias Ilícitas “Dora V., conocida como la Reina del Norte, fue aprehendida
hoy en su país en relación con una investigación por haber acumulado en pocos
años un patrimonio por más de 150 millones de dólares, supuestamente de manera
ilícita con sospechas de vínculos con el narcotráfico.” (Opinión, 2020, párrafo
2).
Página 7 / La Paz
La denominada Reina del Norte fue
“acusada de Legitimación de Ganancias Ilícitas y ligada a los pilotos detenidos
en México con una tonelada de droga que era transportada en un avión, se
entregó anoche a la Fiscalía en el municipio de Yapacani, en Santa Cruz.” (Mendoza,
L. 2020, párrafo 4).
Noticas
y Videos
BOLIVISIÓN AL DÍA
El canal televisivo informa que “la
denominada Reina del Norte, Dora Vallejos será cautelada este viernes, el
ministro público ya presentó la imitación por legitimación de ganancias
ilícitas.” (Noticias Bolivisión, 2020, video 1, anexo 1)
Red Uno De Bolivia
Otra red transmisible también informo que
“de acuerdo al Ministro de Justicia, Dora Vallejos tiene registrado a su nombre
aproximadamente 57 inmuebles y 19 vehículos. Además, posee patrimonio que
asciende a $ 150 millones.” (Red Uno De Bolivia, video 2, anexo 2)
Noticias del analista sobre el caso la
Reina del Norte
Las noticias reveladas por el Analista
exteriorizando que “Bolivia si tiene la reina del Norte, Dora Vallejos una
militante del MAS, con vehículos con el gobierno de Evo Morales, que hizo
millonaria de la noche a la mañana a sus 35 años.” (Rony ANALIZA, video 2, anexo
3)
5.4.
ENCUESTA EXPERTICIA
Para la
obtención de la encuesta se efectuó un cuestionario formulado de doce preguntas
sobre la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte a expertos
de conocimiento amplios entre ellos están Auditores y Abogados.
Cuestionario I
LA LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS CASO LA REINA DEL NORTE
Ubicación: Yapacani,
Santa Cruz – Bolivia
Datos: Lic. Averanga – Auditor Financiero
Párrafo 1
¿Conoce usted sobre el Enriquecimiento
ilícito y la legitimación de ganancias ilícitas, podrían explicarnos?
R. La comisión de delitos tales como el narcotráfico, trata de
personas, tráfico de órganos, de animales, y demás vinculados generan ganancias
que lógicamente son el atractivo para su comisión; no obstante, estos recursos
son útiles sólo si logran ingresarse al ciclo de la economía formal como
provenientes de fuentes lícitas para ser utilizados libremente, con lo cual se
configura el delito de lavado de dinero o blanqueamiento de activos.
Párrafo 2
¿Cómo considera este acto ilegal?
R. Si es un acto ilegal un delito
posterior al delito que originó la tenencia de dinero ilícito, pero mediante su
investigación se puede dar con los autores del delito de lavado de dinero y
también con los autores de los delitos precedentes.
Párrafo 3
¿Usted alguna vez realizo Auditoria
Forense o actuó como Investigador sobre el enriquecimiento ilícito y la
legitimación de ganancias ilícitas, podría comentarnos?
R. Si, tuve la oportunidad de realizar
auditorías forenses en el exterior, fue una experiencia maravillosa. Con
relación a la investigación financiera no, solo llegue a efectuar inteligencia
financiera por el perfil de mi profesión.
Párrafo 4
¿Quiénes son los encargados para realizar
la respectiva investigación?
R. La investigación financiera una vez efectuado
la inteligencia financiera lo realizan en nuestro país los investigadores que
pertenecen a la Policía Nacional, en otros países son miembros de la Policía
que pertenecen a la UIF.
Párrafo 5
¿El Grupo de Acción Financiera
Internacional GAFI basa sus normas mediante la UIF?
R. La GAFI es la entidad internacional
que lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, la UIF
debe basar sus procedimientos a estándares internacionales emitidas por la
GAFI, es más, no solo la UIF, si no el Estado como tal debe adecuar sus normas
a las normas GAFI para luchar contra el lavado de dinero.
Párrafo 6
¿Qué normas rige la Unidad de Investigaciones Financieras UIF
para la legitimación de ganancia ilícitas?
R. Las normas de la UIF en nuestro país
están basadas en la normas de la GAFI.
Párrafo 7
¿Usted cree que los bancos no cuentan con
un adecuado formulario de preguntas para la custodia de su dinero mediante
ahorros o cuentas corrientes?
R. En mi opinión el formulario es
adecuado pero si se debe mejorar la investigación sobre el origen de los
recursos y los bancos deben conocer a su cliente.
Párrafo 8
¿Respecto al caso la Reina del Norte qué
opina usted?
R.
Existe micha evidencia que la Reina del Norte, quién es esposa de un
narcotraficante boliviano, efectúo un lavado de dinero producto de sus
actividades de narcotráfico, pues contar con 150 millones de dólares,
propiedades, vehículos, maquinaria agrícola, y otros bienes, escapa de
actividades usuales como la ganadería, además su familiar fue interceptado en
una avión particular lleno de droga, por lo tanto, existe michas pruebas que
sindican a Dora Vallejos como narcotraficante y que efectúo lavado de dinero.
Párrafo
9
¿Por qué la señora Dora Vallejos Vallejos
se convirtió en multimillonaria de la noche a la mañana?
R. Lo más evidente es que empezó a
efectuar el lavado de dinero de sus actividades de narcotráfico.
Párrafo 10
¿Cómo considera el comportamiento de la
Reina del Norte ante las autoridades?
R. El comportamiento típico de una persona
que no puede justificar la tenencia de una fortuna multimillonaria.
Párrafo 11
¿Usted cree que el Movimiento al
Socialismo tuvo que ver en su enriquecimiento ilícito?
R. Este aspecto es algo que se sabrá una
vez concluya la investigación financiera forense.
Párrafo 12
¿Será que la Reina del Norte solo era una
persiana para encubrir a su esposo del narcotráfico?
R. Es evidente que la relación entre su
esposo y la Reina del Norte conllevo a la tenencia de esa fortuna
multimillonaria, por lo tanto, ambos participaron del delito precedente que es
el narcotráfico y del delito posterior que es el lavado de activos.
Cuestionario II
LA LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS CASO LA REINA DEL NORTE
Ubicación: Yapacani,
Santa Cruz – Bolivia
Datos: Lic. Balboa –
Auditor
Párrafo 13
¿Conoce usted sobre el Enriquecimiento ilícito y la
legitimación de ganancias ilícitas, podrían explicarnos?
R. Si, corresponde a las ganancias ilegales, fuera de la ley
o provenientes de otras actividades que con intención maliciosa se conviertes
en ingresos ilícitos.
Párrafo 14
¿Cómo considera este acto ilegal?
R. Según la normativa legal gubernamental vigente, esta
actuación tiene resultados penales, no sin antes demostrar este hecho.
Párrafo 15
¿Usted alguna vez realizo Auditoria Forense o actuó como
Investigador sobre el enriquecimiento ilícito y la legitimación de ganancias
ilícitas, podría comentarnos?
R.
No.
Párrafo 16
¿Quiénes son los encargados para realizar la respectiva
investigación?
R. Un grupo de técnicos auditores multidisciplinarios, cuya
formación y experiencia sea constatada.
Párrafo 17
¿El Grupo de Acción Financiera Internacional GAFI basa sus
normas mediante la UIF?
R. Si.
Párrafo 18
¿Qué normas rige la Unidad de Investigaciones Financieras UIF
para la legitimación de ganancia ilícitas?
R. Son:
Párrafo 19
¿Usted cree que los bancos no cuentan con un adecuado
formulario de preguntas para la custodia de su dinero mediante ahorros o
cuentas corrientes?
R. Si.
Párrafo 20
¿Respecto al caso la Reina del Norte qué opina usted?
R. Mujer Boliviana, que en poco tiempo llegó a tener más de
100 millones de dólares, situación que llamó la atención de la UIF, que generó
una investigación sobre el caso.
Asimismo, éste procedimiento es seguido por la fiscalía.
Párrafo 21
¿Por qué la señora Dora Vallejos Vallejos se convirtió en
multimillonaria de la noche a la mañana?
R. Se
atribuye a ganancias por narcotráfico esencialmente.
Párrafo 22
¿Cómo considera el comportamiento de la Reina del Norte ante
las autoridades?
R.
Se entregó a la Policía y se acogió al derecho al silencio.
Párrafo 23
¿Usted cree que el Movimiento al Socialismo tuvo que ver en
su enriquecimiento ilícito?
R. No lo sé, lo determinará la investigación.
Párrafo 24
¿Será que la Reina del Norte solo era una persiana para
encubrir a su esposo del narcotráfico?
R. Su esposo tenía antecedentes de narcotráfico, situación
que hace inferir que ambos continuaron con ésta actividad.
Cuestionario III
LA LEGITIMACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS CASO LA REINA DEL NORTE
Ubicación: Yapacani,
Santa Cruz – Bolivia
Datos: Gral. Omonte –
Abogado
Párrafo 25
¿Conoce usted sobre el
Enriquecimiento ilícito y la legitimación de ganancias ilícitas, podrían
explicarnos?
R. El enriquecimiento
ilícito y la legitimación de ganancias ilícitas, es un delito también conocido
como lavado de dinero, lavado de
divisas, blanqueo de capitales, lavado de activos entre otros, involucra un acto de simulación, por el que se pretende
convertir y hacer convertir y hacer figurar dinero proveniente de delitos graves, como si fueran ganancias
licitas provenientes de actividades comerciales o mercantiles legalmente
establecidas.
Párrafo 26
¿Cómo considera este acto
ilegal?
R. Es un delito que surge
a consecuencia de otros delitos, y con el que se pretende ocultar el origen del
dinero ilícitamente obtenido.
Párrafo 27
¿Usted alguna vez realizo
Auditoria Forense o actuó como Investigador sobre el enriquecimiento ilícito y
la legitimación de ganancias ilícitas, podría comentarnos?
R. No participe.
Párrafo 28
¿Quiénes son los
encargados para realizar la respectiva investigación?
R. Las investigaciones
las realiza la Fuerza Especial de lucha
Contra el Crimen, La Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico,
Ministerio Publico, Unidad de Investigaciones
Financieras, Ministerio de Transparencia
Institucional y Lucha Contra la
Corrupción, Ministerio de Gobierno, Contraloría
General del Estado y Procuraduría General del Estado.
Párrafo 29
¿El Grupo de Acción
Financiera Internacional GAFI basa sus normas mediante la UIF?
R. La Unidad de
Investigación Financiera es autónoma y se basa en sus reglamentos; de igual
forma la GAFI; se basa en sus normas y reglamentos.
Párrafo 30
¿Qué normas rige la
Unidad de Investigaciones Financieras UIF para la legitimación de ganancia
ilícitas?
R. La UIF se basa en las normas del Código Penal Capitulo III
Régimen Penal y Administrativo de la Legitimación de Ganancias Ilícitas; ley
N.004 ley de lucha contra la
Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de fortuna de Marcelo Quiroga Santa Cruz.
Párrafo 31
¿Usted cree que los
bancos no cuentan con un adecuado formulario de preguntas para la custodia de
su dinero mediante ahorros o cuentas corrientes?
R. Las entidades
financieras por instrucciones de la ASFI; efectúan preguntas muy generales en
casos de depósitos y envíos de dinero; como
ser ¿cuál el origen? ¿Motivo del depósito? Es una transacción rápida que
no permite mayores interrogaciones.
Párrafo 32
¿Respecto al caso la
Reina del Norte qué opina usted?
R. Conozco muy poco por
los medios de comunicación que en su mayoría son de carácter subjetivo.
Párrafo 33
¿Por qué la señora Dora
Vallejos Vallejos se convirtió en multimillonaria de la noche a la mañana?
R. No conozco detalles
técnicos.
Párrafo 34
¿Cómo considera el
comportamiento de la Reina del Norte ante las autoridades?
R. Se la ve con un
control de sus emociones.
Párrafo 35
¿Usted cree que el
Movimiento al Socialismo tuvo que ver en su enriquecimiento ilícito?
R. No conozco.
Párrafo 36
¿Será que la Reina del
Norte solo era una persiana para encubrir a su esposo del narcotráfico?
R. No tengo un criterio formado.
5.5.
ANÁLISIS DE RESULTADO
5.5.1.
Análisis obtenido mediante los recursos que nos brinda los periódicos, noticias
y videos del caso la Reina del Norte.
De
acuerdo a este problema sobre la Reina del Norte más conocida como Dora
Vallejos, denigrada de Legitimación de Ganancias Ilícitas y Enriquecimiento Ilícitos
donde podemos comentar que mediante la información señalada por periódicos,
noticias y videos nos permite persuadir una información casi pareja donde
indican que la reina del norte cuenta con un monto millonario de la suma de 150
millones de dólares y a su vez cuenta con 50 propiedades en el área rural y
unas 11 en la are urbana; donde estos bienes inmuebles están registrados a su
nombre.
La
Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI “informó a las autoridades
que la Reina del Norte justificó su patrimonio con actividad ganadera, sin
embargo, para Melgar con ese oficio no se puede llegar a generar semejante
cantidad de dinero y propiedades.” (Eju., 2020, párrafo 8).
5.5.2.
Análisis obtenido mediante las encuestas experticias
Con relación a la encuesta realizada y
obtenida de la presente investigación se puede determinar que en las tres
encuestas nos indican claramente que se debe aplicar leyes, normas, códigos que
deben regirse para la Legitimación de Ganancias Ilícitas, indicándonos a su vez
que este acto ilícito son delitos corrompidos por narcotráficos, trata de
tráfico de armas y entre otros donde estos obstruyen la ley de actividades que
con intención maliciosa se convierte en ingresos ilícitos. Respecto al tema de
investigación sobre el caso la Reina del Norte nos exteriorizan que es una
Mujer Boliviana, que en poco tiempo llegó a tener más de 150 millones de
dólares y que alcanzo sus ganancias mediante narcotráfico en específico
situación que llamó la atención de a la Unidad de Investigaciones Financieras.
Según Lic. Averanga – Auditor
Financiero, desde su
perspectiva nos dice que la Legitimación de Ganancias Ilícitas son delitos tales como el narcotráfico, trata de personas,
tráfico de órganos, de animales, y demás vinculados que generan ganancias que
lógicamente son el atractivo para su comisión (Párrafo 1) o también como autores de los
delitos precedentes (Párrafo 2).
A su vez nos dice que las
normas de la UIF en nuestro país están basadas en la normas de la GAFI (Párrafo
6) la GAFI es la entidad internacional que lucha contra el lavado de dinero y
el financiamiento al terrorismo, la UIF debe basar sus procedimientos a
estándares internacionales emitidas por la GAFI, es más, no solo la UIF, si no
el Estado como tal debe adecuar sus normas a las normas GAFI para luchar contra
el lavado de dinero o legitimación de ganancias ilícitas (Párrafo 5).
Respecto al caso de la Reina del Norte, quién es esposa de un
narcotraficante boliviano, efectúo un lavado de dinero producto de sus
actividades de narcotráfico, pues contar con 150 millones de dólares, propiedades,
vehículos, maquinaria agrícola, y otros bienes, escapa de actividades usuales
como la ganadería, además su familiar fue interceptado en una avión particular
lleno de droga, por lo tanto, existe michas pruebas que sindican a Dora
Vallejos como narcotraficante y que efectúo lavado de dinero (Párrafo 8) y que
lo más evidente es que
empezó a efectuar el lavado de dinero de sus actividades de narcotráfico; el
comportamiento típico de una persona que no puede justificar la tenencia de una
fortuna multimillonaria (Párrafo 9 y 10).
Según
Lic. Balboa – Auditor nos dice que la legitimación de ganancias ilícitas
corresponde a las ganancias ilegales, fuera de la ley o provenientes de otras
actividades que con intención maliciosa se conviertes en ingresos ilícitos
(Párrafo 13) y que las leyes a aplicar
para este delito son: Ley
N° 004 Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e
Investigación de Fortunas "Marcelo Quiroga Santa Cruz", Ley
N° 262 Ley de Régimen de Congelamiento de Fondos y Otros Activos de Personas
Vinculadas con Acciones de Terrorismo y Financiamiento del Terrorismo, Ley
N° 393 Ley Servicios Financieros (Párrafo 18).
Respecto al conocimiento de la Reina del Norte
nos indica que es una Mujer Boliviana, que en poco tiempo llegó a tener más de
100 millones de dólares, se atribuye a ganancias por narcotráfico esencialmente situación que llamó la atención de la UIF, que generó
una investigación sobre el caso.
Asimismo, éste procedimiento es seguido por la fiscalía (Párrafo 21); a
su vez su esposo tenía antecedentes de narcotráfico, situación que hace inferir
que ambos continuaron con ésta actividad (Párrafo 24).
Según el Gral. Omonte – Abogado, nos indica que el enriquecimiento ilícito y la legitimación de
ganancias ilícitas, es un delito también conocido como lavado de dinero, lavado de divisas, blanqueo de capitales,
lavado de activos entre otros, involucra
un acto de simulación, por el que se pretende
convertir y hacer convertir y hacer figurar dinero proveniente de delitos graves, como si fueran ganancias licitas
provenientes de actividades comerciales o mercantiles legalmente establecidas
(Párrafo 25).
Las
investigaciones para la legitimación de ganancias ilícitas las realiza la Fuerza Especial de lucha Contra el Crimen, La
Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico, Ministerio Publico, Unidad de Investigaciones
Financieras, Ministerio de Transparencia
Institucional y Lucha Contra la Corrupción,
Ministerio de Gobierno, Contraloría
General del Estado y Procuraduría General del Estado (Párrafo 28). La
UIF se basa en las normas del Código Penal
Capitulo III Régimen Penal y
Administrativo de la Legitimación de Ganancias Ilícitas; ley
N.004 ley de lucha contra la
Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de fortuna Marcelo Quiroga Santa Cruz (Párrafo 30).
Sobre el
caso de la Reina del Norte conoce muy poco por los medios de comunicación que
en su mayoría son de carácter subjetivo (Párrafo 32).
5.6.
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Para
la presente investigación realizada sobre la Legitimación de Ganancias Ilícitas
caso la Reina del Norte se sugiere realizar Auditoria Forense enfocándonos en
las fases que se expuso con el propósito de practicar una Auditoria eficiente y
cumplir con los objetivos establecidos en forma oportuna. Por lo cual, para
detectar la Legitimación de Ganancias Ilícitas se deben realizar rutinas
basados UIF mediante las recomendaciones dos y cuatro, a su vez establecerse en
normas, compendios y leyes penales para que sea efectiva ante las autoridades
competentes.
La
Auditoría Forense a su vez es un examen de carácter pericial de la Legitimación
de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte y para ello es necesariamente
imprescindible la evaluación e investigación de políticas, normas, prácticas y
procedimientos e informes con el fin de emitir una opinión profesional
imparcial, para ello, es fundamental determinar cada una de las fases que se
deben cumplir en el transcurso de la investigación y establecer el
procedimiento a seguir.
6.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
6.1.
CONCLUSIONES
En la presente investigación de la
Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte, se puede utilizar
diferentes técnicas de investigación para su control, prevención y su detección
de la Legitimación de Ganancias Ilícitas en nuestro entorno; pero en esta
situación de la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte se
analizó los actos que incurren este delito, normativas que según
recomendaciones de la GAFI mediante la UIF nos orienta a persuadir y combatir
sobre la Legitimación de Ganancias Ilícitas donde dice que se debe aplicar el
delito de lavado de activo o Legitimación de Ganancias Ilícitas a todos los
delitos graves con la finalidad de incluir la mayor gama posible de delitos
determinados ; el estudio del lavador es imprescindible donde indica que las
personas actúan de manera natural y que a su vez asume apariencia de cliente
normal muy educados, sociables donde esta situación se pudo apreciar en la
Reina del Norte.
La Auditoria Forense es una opción
indispensable para la detección o prevención sobre la Legitimación de Ganancias
Ilícitas y es importante resaltar que tanto como las herramientas y las fases
de Auditoria Forense deberían ser reconocidas como base fundamental y a su vez
ser utilizados como medios probatorios para la respectiva denuncia de este
delito o de organizaciones criminales.
Por otro lado cabe recalcar que la
Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte se procedió mediante
el método de la Auditoria Forense Detectiva donde nos permite a implementar,
tomar acciones, tomar decisiones y así evitar fraudes en el futuro.
Por último, la Legitimación de Ganancias Ilícitas
es un delito complejo de probar se toma considerable período para la
comprobación de dicho crimen y entre los principales problemas esta por la falta de trabajo o también por el
insuficiente sueldo obtenido y que estas conllevan a establecer la relación de
los bienes con las distintas actividades ilícitas y es donde la Auditoria
Forense puede demostrar o prevenir que se cometa más delitos mediante el
conjunto de herramientas y fases que se brinda en este trabajo de
investigación.
6.2.
RECOMENDACIONES
Para trabajos posteriores la presente
monografía de la Legitimación de Ganancias Ilícitas caso la Reina del Norte en
función a los resultados y conclusiones que se ha llegado para determinar la
prevención y detección de estos delitos con la ayuda de la Auditoria Forense.
Se recomienda enfocarnos en completar los
sistemas de prevención y controles en las entidades financieras de la
trasferencia de dinero que depositan por una suma significativa; donde se debe
tomar alerta roja, a su vez evaluar el perfil del lavador en este caso el
comportamiento de los criminales sobre la Legitimación de Ganancias Ilícitas.
Se sugiere la aplicación de la
propuesta de esta investigación donde se
obtiene una conclusión donde se indica que las fases de Auditoria Forense nos
pueden llevar a determinar una Auditoria Forense confiable sobre la Legitimación
de Ganancias Ilícitas en el caso de la Reina del Norte.
Por otra parte el uso de estas
herramientas y fases de auditoria forense se debería implementar en el sistema
de monitoreo para sus operaciones que permitirá detectar en el momento de
ejecución de las operaciones de Legitimación de Ganancias Ilícitas.
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